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La jueza Laura Buyatti irá a juicio oral y público

Finalmente, este martes, el Consejo de la Magistratura definió que el caso de la jueza de Villa Ángela se someta a un jury, tras las amenazas a un albañil.

El Consejo de la Magistratura, constituido en Jurado de Enjuiciamiento, informó que en relación a la causa donde el Procurador General, Jorge Canteros, y el Procurador General Adjunto, Miguel Fonteina, denunciaron a Laura Verónica Buyatti, Jueza de Niñez, Adolescencia y Familia N° 1 de Villa Ángela (Expte N° 279/23), se fijó la fecha de inicio para el juicio oral y público.

El mismo comenzará el martes 23 de mayo del corriente año, a partir de las 9, en la sede del Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento, ubicado en la calle América N° 117 de Resistencia.

La denuncia contra la doctora Buyatti fue presentada el 8 de febrero pasado, por los procuradores de la provincia, por los delitos de amenazas agravadas y abuso de poder de autoridad.

Al mismo tiempo, cabe recordar que el 7 de marzo, por Resolución N° 332/23, se admitió formalmente la acusación y se suspendió preventivamente a la Jueza.

El Jurado de Enjuiciamiento está conformado por los siguientes miembros: presidente, Héctor Daniel Zalazar; miembros, Íride Isabel María Grillo, Gloria Beatriz Zalazar, Ana Mariela Kassor, Jessica Yanina Ayala, Edgardo Gabriel Reguera y Carim Peche.

LOS PASOS A SEGUIR

En primer lugar, abierto el debate, se leerá la acusación; se procederá a incorporar por lectura las pruebas (instrumentales e informativas) y se les tomará declaración a los testigos.

Seguidamente, se pasará a un cuarto intermedio para luego continuar en otra audiencia con los alegatos de las partes.

Finalmente, se fijará la fecha para la lectura de la sentencia que podrá ser condenatoria o absolutoria.

Es importante resaltar que el propósito del juicio político no es el castigo del funcionario. Solamente, se limita a destituir al juez/jueza.

Se lo denomina juicio político pues no es un juicio penal, pero igualmente las reglas del debido proceso tienen significativa relevancia.

MUERTE DE MARADONA: LOS OCHO ACUSADOS IRÁN A JUICIO ORAL

La Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro confirmó este martes que el neurocirujano Leopoldo Luque, la psiquiatra Agustina Cosachov y los otros seis profesionales de la salud imputados por la muerte de Diego Maradona vayan a juicio oral y público, acusados de haber cometido un “homicidio simple con dolo eventual”, tal como habían dispuesto el año pasado los fiscales y el juez de la causa.

La decisión fue adoptada en un fallo de la Sala III del mencionado tribunal de alzada, compuesta por los camaristas Carlos Fabián Blanco, Gustavo Adrián Herbel y Ernesto García Maañón, informaron fuentes judiciales.

Así, en un futuro juicio oral, los ocho acusados se enfrentarán a un posible pedido de pena de entre 8 y 25 años de cárcel.

La Cámara rechazó, entre otros puntos planteados por la defenda, la nulidad del requerimiento de elevación a juicio. “La acusación pública efectuó una completa descripción del Hecho 1 (el homicidio con dolo eventual de Maradona), enumerando las acciones u omisiones que consideraron reprochables a cada uno de los imputados y que, a su entender, habrían incidido en el fatal desenlace endilgado”, argumentaron los jueces en su fallo.

Asimismo, el juez Herbel sostuvo que “la fiscalía inicia su imputación indicando quienes se encontraban a cargo de la atención del paciente, ubicando en tiempo y lugar la situación apuntada, para luego referirse específicamente a cómo fue el desempeño de cada uno de ellos, según los roles asumidos, estableciendo de qué modo sus inconductas determinaron la muerte de Maradona”.

Además, los jueces de la Cámara también avalaron la Junta Médica clave que complicó a los ocho responsables de la salud imputados y rechazó los sobreseimientos y el cambio de calificación que habían propuesto varias de las defensas, entre ellas las de Luque y Cosachov, por la figura del «homicidio culposo», que prevé una pena menor de 1 a 5 años de cárcel.

Lo único en lo que sí los camaristas resolvieron a favor de las defensas fue en revocar parcialmente la elevación a juicio en relación a los denominados Hechos 2 y 3, imputados a Luque y Cosachov, referidos al “uso de documento privado falso” que le imputaban al neurocirujano por haber presuntamente usado una firma falsificada de Maradona para pedir una historia clínica; y a la “falsedad ideológica” por la que se acusaba a la psiquiatra por haber supuestamente confeccionado un certificado de aptitud mental de Diego sin ir a visitarlo.

fuente: Data Chaco

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