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Confirman el procesamiento para el intendente de Taco Pozo

La Cámara Federal de Apelaciones Resistencia resolvió no hacer lugar a los recursos de apelación interpuestos por las defensas técnicas del intendente de Taco Pozo, Carlos Antonio Ibáñez, Jorge Raúl Varela y Nelson Jorge Varela y, consecuentemente, confirmaron el auto de procesamiento sin prisión preventiva del funcionario.

A la par, las juezas de Cámara, Rocío Alcalá y Patricia Beatriz García, que componen la mayoría del Tribunal, establecieron hacer lugar parcialmente a los recursos de apelación interpuestos por las defensas técnicas de Juan Carlos Tymkiw y Alejandro Carlos Ibáñez, confirmando el auto de procesamiento sin prisión preventiva dictado en su contra y revocando la medida cautelar de inhibición general de bienes que pesa sobre los nombrados.

En los considerandos, la medida dice que en el caso de Carlos Antonio Ibañez fue procesado sin prisión preventiva por el delito previsto en el artículo 303 inciso 1º y 2º a) y b) del Código Penal (lavado de activos agravado por habitualidad y por ser funcionario público); mientras que su hijo Alejandro Ibañez lo fue por el artículo 303, inc. 1º y 2º a) del mismo cuerpo legal (lavado de activos agravado por habitualidad).

Ibañez, jefe comunal de Taco Pozo, cada vez más complicado por la investigación de la Justicia federal.
En este punto, las juezas de la Cámara de Apelaciones consideraron que «las pruebas reunidas a esta altura del proceso resultan autosuficientes para alcanzar el grado de probabilidad requerido por el rito respecto de los extremos de la imputación delictiva dirigida en contra de los nombrados (existencia del hecho y la intervención de los mismos), constatándose en la resolución puesta en tela de juicio un conjunto de razonamientos integrados por deducciones e inducciones que, en tanto juicio valor, reflejan un estudio crítico por parte del Instructor de la cuestión suscitada en autos».

«En ese orden de ideas, estimamos que el Magistrado de anterior grado sopesó las pruebas recabadas durante la instrucción y que forman parte de los fundamentos del auto recurrido (transcripciones de escuchas telefónicas e informes de AFIP, principalmente), de las que surgen elementos de cargo suficientes para confirmar el procesamiento a los encausados», señala la resolución.

IBÁÑEZ Y SUS MOVIMIENTOS

Al respecto, señala el fallo que «Carlos Antonio Ibáñez encubría el blanqueo de fondos ilícitos a través de las actividades comerciales de su hijo, Alejandro Carlos. También refirió a la cantidad de vehículos que ambos pusieron en circulación (26 en total), así como a la compra de un inmueble de 17 hectáreas y la puesta en circulación de la suma de $2.214.105,06, todo ello a través de la adquisición de dinero espurio».

Agregó que según los informes de AFIP, Carlos Antonio Ibáñez registra como único ingreso su sueldo como intendente de Taco Pozo (Chaco), mientras que Alejandro Carlos Ibáñez declaró como actividades comerciales «servicio de transporte automotor de cargas NCP (no categorizado previamente), «venta al por mayor de mercancías NCP», «venta al por menor en supermercados», «servicios personales NCP» y «extracción de productos forestales de bosques nativos» e informó tres empleados en relación de dependencia en el período de septiembre de 2016.

Sentado lo expuesto, del análisis de las probanzas referidas por el juez de grado se advierte -dicen en sus fundamentos de la medida las juezas de la Cámara Federal- que el nivel del vida que manejaban los encausados (considerando el cargo público que ostentó Carlos Antonio Ibáñez) no se condice con los ingresos declarados ante el Fisco.

Por otra parte, si bien la Defensa cuestionó la falta de precisión en punto a cuál de las conductas típicas sería la que desplegaron los encausados, lo cierto es que el delito de lavado de activos es un tipo alternativo y que por las complejas características que lo componen, resulta difícil precisar la etapa del en iter criminis que se enmarca su conducta. Asimismo, los roles que cumplen los miembros de la banda criminal no son estáticos, sino que pueden ir variando en el tiempo.

fuente: Diario Norte

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