Capitanich vetó la restricción del uso de celulares en las cárceles chaqueñas
En una clara demostración de empatía con quienes violaron la ley, el gobernador sostuvo que "la presente ley pone en peligro los consensos y objetivos construidos junto al Gobierno nacional y provincial, descuidando y alterando derechos constitucionales y convencionales".
Así lo dispuso el gobernador Jorge Capitanich, en el decreto presentado ante la Cámara de Diputados de Chaco. En ese marco, el mandatario chaqueño vetó en forma parcial el título y los artículos 1°, 3° y 4° de la sanción legislativa N° 3794-J. «Prohibición del uso de telefonía celular e internet en los establecimientos penitenciarios».
Entre los fundamentos presentados, explican que «la presente ley pone en peligro los consensos y objetivos construidos junto al Gobierno nacional y provincial, descuidando y alterando derechos constitucionales y convencionales como el principio de progresividad y no regresividad, por los cuales se debe garantizar el acceso de los ciudadanos a sus derechos esenciales en forma progresiva, sin legislación alguna que cercene los respectivos derechos».
De esa manera, el Ejecutivo provincial consideró que la sanción legislativa resultó «absolutamente regresiva en materia de acceso derechos humanos básicos, universales e inalienables , utilizando la condición particular de las personas privadas de su libertad a efectos de restringir el ejercicio de derechos, resultando además en la práctica una restricción en la comunicación y en el desenvolvimiento de funciones del personal administrativo, policial y penitenciario en su conjunto, alterando así el correcto funcionamiento del Estado Provincial en materia de seguridad pública».
Además, explican que se basaron en que la Ley Nacional N° 24.460 que «regula lo atinente a personas privadas de libertad, la cual establece que el único derecho del cual pueden ser privadas las personas al ser contadas o estar en situación de prisión preventiva, es el derecho a la libertad ambulatoria, debiendo garantizarse los demás derechos por parte de los Estado Provinciales».
Así las cosas, argumentan que la provincia «regularizó el uso de telefonía celular a fin de garantizar el acceso a derechos básicos e inalienables como ser la educación virtual, capacitación de oficios, el acceso a la justicia al permitir el contacto de los detenidos y detenidas con sus correspondientes representantes y/o defensores legales y fundamentalmente el derecho a mantener vínculos de carácter afectivo con su grupo familiar».
Ante esto, remarcan que se realizaron «múltiples capacitaciones dirigidas a las personas privadas de su libertad en relación al buen uso de la telefonía celular, su regularización y correspondientes sanciones establecidas, en el marco de las políticas estratégicas efectuadas por la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros en conjunto con el Comité de Prevención de la Torturay el Servicio Penitenciario Provincial y en consecuencia, la modificatoria sancionada por el Poder Legislativo altera el espíritu transformador y las políticas de Estado promovidas por el Estado Provincial, en base a la Ley Nacional 24.460».
fuente: Diario Chaco